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En todos sus campos: penal, civil y administrativo (Siempre se plantean, básicamente, las preguntas siguientes:, ¿qué hacer y cómo proceder ante un accidente y/o hecho de la circulación ?, ¿qué cobertura tiene la póliza?, ¿garantiza la libre designación de abogado?, de hacerlo,¿ quién soporta sus honorarios profesionales y en qué forman se liquidan ?, ¿qué ocurre si el otro vehículo circulaba sin seguro o su conductor conducía bajo la influencia de bebidas alcohólicas o substancias psicotrópicas o un coche robado?

No se pretende ser demagógico, pero es obligado recordar que actualmente se está legislando con mucha rapidez y, quizás copiando y/o adaptando mal otra normativa de países comunitarios, tales como el carné por puntos, la retirada del permiso de conducir o incluso condena a cárcel por circular con un exceso importante de velocidad, etc. Lo que plantea la pregunta de cómo reaccionarán las compañías aseguradoras ante estos casos en defensa de sus asegurados y, entre otros, qué pasará en aquellos casos en que el sancionado/a precise del vehículo para su trabajo, conducir sin carné cuando éste haya sido retirado sería quebrantar una condena, si la hay y se podría incurrir en un delito.

Por último, otra cuestión importante es conocer cómo funciona el procedimiento para reclamar por lesiones y secuelas, además de los daños, y qué cantidades se pueden obtener, debiendo informar que hoy en día en estos casos no es aconsejable estipular “cuota litis o tanto por ciento”, por cómo se siguen los trámites judiciales que de hecho la convierten en inviable.

 
   
   
   
 


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